Se entiende como obsolescencia programada a la programación de la vida útil de un producto, para que el producto se vuelva inútil en un periodo de tiempo determinado previamente por el fabricante.
El objetivo principal de esta obsolescencia programada es crear una necesidad al consumidor de comprar y sustituir sus aparatos electrónicos de manera recurrente, lo que a su vez supone un gran problema medio ambiental relacionado con el exceso de generación de residuos de estos equipos eléctricos y electrónicos (RAEES).
Una de las grandes herramientas propuestas por parte de las administraciones para frenar este fenómeno fue la publicación del Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, que trasponía la normativa comunitaria sobre RAE (Directiva 2012/19/UE, de 4 de julio), para cumplir los objetivos de recogida y gestión que nos impone la norma comunitaria, clarificar los puntos de recogida, las obligaciones de información en esta materia y mejorar el control del traslado de este tipo de residuos fuera de la Unión Europea.
Los últimos datos publicados por diferentes Sistemas Colectivos de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP) indican que la publicación y desarrollo de esta normativa a supuesto un gran avance en la gestión de RAEEs, la reducción de esta obsolescencia programada y la promoción de la Economía circular.
Aun así, es importante que sigamos por el buen camino, implantando nuevas medidas y leyes contra la obsolescencia programada, como es el caso de nueva vecina Francia, donde ya se ha aprobado en el Parlamento y en el Senado el «castigo penal para la obsolescencia programada».
En Francia la Ley te obliga a informar a los compradores de aparatos electrónicos, grandes o pequeños, de la disponibilidad de piezas de recambio y cuánto tiempo van a estar disponibles. Además, deben de ofrecer unos plazos máximos de reparación.
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