Recientemente, estuve leyendo sobre cómo algunas compañías están pasando de lo conocido hasta ahora como “greenwashing” o “lavado verde de imagen” a lo que ahora llaman “greenhusing” (1) o falta de comunicación en materia de sostenibilidad.
Se entiende si se tiene en cuenta la reciente normativa aprobada que quiere luchar contra ese lavado verde, así como la vigilancia que ejercen determinados grupos de interés, especialmente, las ONGs ecologistas. Sin embargo, en el otro lado de la balanza, está la Directiva 2022/2464 sobre la presentación de información sobre sostenibilidad por parte de las empresas. Como diría aquel, parece que en materia de sostenibilidad, las empresas empiezan a estar entre la espada y la pared.
Personal y profesionalmente, no soy partidaria de estas presiones pues soy consciente de lo que cualquier cambio puede suponer a una empresa en cuanto a recursos de tiempo y dinero. La filosofía tendría que centrarse en la mejora continua, en el progreso permanente, en el establecimiento de prioridades y el paso a la acción a un ritmo que permita a la empresa ser también viable económicamente. Como ya he insistido muchas veces, la sostenibilidad no sólo se refiere a cuestiones que tienen que ver con lo social y con lo ambiental. Lo económico también entra en “las 3 patas”. Sin rentabilidad, una empresa cierra.
Pero por centrar el tema del título de la entrada, un plan de sostenibilidad permite a una empresa, además de mejorar la manera de hacer las cosas, satisfacer a los grupos de interés y trabajar de una manera más eficaz, eficiente y estratégica, ir incorporando toda esa madeja legislativa que va surgiendo, en mi opinión, a gran velocidad. Por ejemplo:
- Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. (2) El objetivo es proteger a la ciudadanía que informa sobre vulnerabilidades de la legislación española en el marco de una relación profesional frente a represalias que puedan sufrir. Por el momento, afecta a empresas con más de 50 empleados/as. Deberán contar con un Sistema Interno de Información. Esta medida puede ponerse en marcha en el marco del plan de sostenibilidad, dentro de los ODS 8 y/o 16.
- Real Decreto Ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación. (3) El objetivo es proporcionar un marco jurídico que permita dar un paso más hacia la plena igualdad de trato y oportunidades y promover el derecho de los trabajadores a la conciliación de la vida familiar, personal y laboral. Afecta a todas las empresas. Las de más de 50 empleados/as deberán contar con un plan de igualdad. Una medida que el marco de un plan de sostenibilidad puede vincularse con el ODS 5. Este RD también guarda relación con el ODS 8.
- Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI. (4) El objetivo es desarrollar y garantizar los derechos del colectivo LGTBI y erradicar las situaciones de discriminación. Afecta a todas las empresas. Las de más de 50 empleados/as deberán contar con un plan y protocolo. Esta Ley se vincula especialmente con el ODS 10 y también con los ODS 5 y 8.
- Directiva (UE) 2022/2381 de 23 de noviembre de 2022 relativa a un mejor equilibrio de género entre los administradores de las sociedades cotizadas y a medidas conexas. (5) El objetivo es lograr una representación más equilibrada de mujeres y hombres entre los administradores de sociedades cotizadas. Afecta a empresas cotizadas y se vincula con los ODS 5 y 8.
- Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad. (6) El objetivo es fomentar un comportamiento empresarial sostenible y responsable entre las empresas. Obliga a las grandes empresas a identificar, prevenir y diseñar medidas para los efectos negativos que su actividad tenga en el medio ambiente y en los derechos humanos. Incluye disposiciones de apoyo a todas las organizaciones y también a las pymes, que pueden verse influidas de manera indirecta. Esta directiva afecta a empresas de más de 1.000 personas y empleadas y más de 450 millones de euros en volumen neto de negocio. Está vinculada a los ODS 8, 13 y 16 principalmente.
- Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética.(7) El objetivo es asegurar el cumplimiento de los objetivos del Acuerdo de París y facilitar la descarbonización de la economía española, su transición a un modelo circular, buscando un uso racional de los recursos, promoviendo la adaptación a los impactos del cambio climático y la implantación de un modelo de desarrollo sostenible que genere un empleo decente y contribuya a la reducción de las desigualdades. Esta Ley afecta a las empresas que estén sujetas a la obligación de publicar los estados no financieros o estados no financieros consolidados, así como a entidades financieras y a aseguradoras. Se vincula con los ODS 7, 12 y 13 principalmente.
- Real Decreto 1055/2022, de 27 de abril, de envases y residuos de envases.(8) El objetivo es establecer un régimen jurídico aplicable a los envases y residuos de envases con el objetivo de prevenir y reducir su impacto en el medio ambiente a lo largo de todo su ciclo de vida. Así, se establecen una serie de medidas que están destinadas a prevenir la producción de residuos de envases, fomentar la reutilización, reciclaje y otras formas de valorización y evolucionar hacia una economía circular. Afecta a todas las empresas y está relacionado con los ODS 12 y 13 fundamentalmente.
- Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. (9) El objetivo es prevenir y reducir la generación de residuos y de los impactos por su generación y gestión, reducir el impacto por el uso de los recursos y mejorar la eficiencia de dicho uso. En definitiva, proteger el medio ambiente y la salud de las personas y efectuar la transición a una economía circular. Afecta a todas las empresas y está muy vinculada con los ODS 12 y 13.
- Taxonomía ambiental europea (10). El objetivo es crear un sistema de clasificación que establezca una lista de actividades económicas sostenibles desde el punto de vista medioambiental con criterios uniformes en toda la UE. Esta clasificación proporciona a las empresas, a los inversores y a las autoridades políticas responsables definiciones para que las actividades económicas puedan considerarse sostenibles desde el punto de vista del medio ambiente. Afecta a empresas y organizaciones que ofrecen productos financieros, a empresas obligadas a publicar estados de información no financieros o estados no financieros consolidados. Está vinculada especialmente con los ODS 13 y 16.
- Directiva (UE) 2022/2464 de 14 de diciembre de 2022 por lo que respecta a la presentación de información sobre sostenibilidad por parte de las empresas (CSRD). (11) El objetivo es mejorar la información en materia de sostenibilidad con el menor coste posible, tratando de sacar el máximo provecho del potencial del mercado único europeo para contribuir a un sistema económico y financiero sostenible e integrador, de conformidad con el Pacto Verde Europeo y los Objetivos de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas. Esta Directiva afecta a empresas de más de 500 empleados en 2025, de más de 250 empleados y volumen de negocios netos de 40 M€ y/o total del balance de 20 M€ en 2026, pymes cotizadas y entidades financieras pequeñas y no complejas en 2027. Vinculada con todos los ODS.
Curso: Diseño de planes de acción ODS para empresas
Este miércoles 22 de mayo comenzamos una nueva edición del curso “Diseño de planes de acción ODS para empresas” en donde, entre otras cuestiones, se revisa el contexto de sostenibilidad de la empresa. Además de las entradas, salidas, procesos e impactos que una actividad puede implicar, una empresa, según la familia profesional a la que pertenece, puede estar afectada por una normativa sectorial; luego, existe otra normativa, como la enumerada, que también le afecta.
El hecho de que una organización se pare a realizar un análisis previo al diseño del plan de sostenibilidad, le sirve para poder integrar también la normativa vigente que va surgiendo. Como decía al principio de esta entrada, el ritmo de publicación de normativa es elevado y la integración de la sostenibilidad en la manera de hacer las cosas de una empresa, puede ayudarle también a estar actualizada en todas estas novedades legislativas.
Si le interesa, puede ampliar información del curso aquí:
Lo escribe: PAZ HERNÁNDEZ PACHECO (3)
- https://www.marketingdirecto.com/marketing-general/trasformacion-sostenible-mut/marcas-dejan-sostenibilidad-penumbra?utm_source=dlvr.it&utm_medium=twitter
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2023-4513
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2019-3244
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2023-5366
- https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2022-81801
- https://www.pactomundial.org/noticia/csddd-directiva-sobre-diligencia-debida-empresas-sostenibilidad/
- https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-8447
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