¿Qué es y qué implicaciones tiene el Pacto de las Alcaldías?
El Plan de Acción por el Clima y la Energía Sostenible (PACES) es una herramienta que pretende facilitar el cumplimiento de los objetivos marcados por Europa en materia energética, adaptación, y mitigación al cambio climático a escala municipal. Esta herramienta se torna compromiso para aquellos ayuntamientos firmantes del Pacto de las Alcaldías, con el que se asume el acuerdo con los criterios marcados por la Comunidad Europea en materia de reducción de emisiones contaminantes, incremento de la producción propia de energía renovable sostenible y definición de medidas de acuerdo con la realidad climática de cada entidad local.
El cumplimiento de las medidas o acciones resultantes del PACES son por tanto una responsabilidad en primera instancia del ayuntamiento. La ejecución no obstante recae también sobre la ciudadanía, al ir íntimamente vinculadas ciertas medidas del plan de acción a la actividad diaria, concienciación y compromiso de la ciudadanía.
Las medidas o acciones a diseñar por cada municipio deben ir ineludiblemente ligadas a su realidad, esto es, ser viable como premisa de partida, que se pueda acometer en la planificación estratégica local o regional. Debe ser por tanto viable técnica, administrativa y económicamente, además de tener una aceptación de los agentes locales principales involucrados. Así mismo, será indispensable que sean medidas que se ajusten a su realidad climática actual y proyectada, pero también a las características propias del municipio y sectores que pueden verse potencialmente afectados en el presente o futuro.
Una de las bondades del Pacto de las Alcaldías y los ajustes en la planificación local de acuerdo con la realidad climática, es la dimensión que ha adquirido como entidad que regula y valida la planificación en materia de energía, mitigación y adaptación al cambio climático. Lo que comenzase como un plan de ejecución para la región europea, ha trascendido las fronteras de esta, internacionalizándose el compromiso y las políticas de adaptación y mitigación al cambio climático en los ayuntamientos de otras partes del mundo, de acuerdo a los criterios marcados en el Acuerdo de París.
El PACES, dentro del marco del Pacto de las Alcaldías promovido por la Comisión Europea, debe ser validado por los agentes locales involucrados, vincularse a la planificación estratégica local, y debe pasar por Pleno Municipal consecuentemente. El cumplimiento de las acciones resultantes del PACES es por tanto vinculante una vez se firma el Pacto, adhiriéndose a la Estrategia Local, Agenda Urbana, PMUS, y otro planes y proyectos municipales. Para asegurar el cumplimiento del PACES debe darse un adecuado seguimiento de cada una de estas partes; Agentes Locales, Planes locales y regionales, etc. Para ello, se cuenta dentro del PACES con un Plan de Seguimiento, en el que se constatan los responsables, recurrencia del seguimiento y plazos fundamentalmente.
Además, para garantizar el cumplimiento del Plan y los objetivos marcados se dan recurrentemente observaciones por parte del ente europeo (Joint Research Centre of the European Commission), de manera que se pueda ir optimizando el PACES a medio plazo, matizando e incorporando correcciones y mejoras en este para los plazos establecidos (2030, 2040, ó 2050).
Las acciones contempladas en un PACES se dividen en medidas de adaptación, y mitigación como dos conjuntos complementarios. A grandes rasgos y obviando sus particularidades, estas responden a:
- Medidas/Acciones de Mitigación: Son procesos, prácticas o tecnologías que persiguen reducir las emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) como alimento del cambio climático. Estos son por ejemplo: la instalación y mantenimiento de tecnologías de producción de energía renovable, procesos de minimización de desechos, medidas que promuevan el transporte público y/o minimización del transporte privado y emisiones derivados de estos.
- Medidas/Acciones de Adaptación: Son aquellas que suponen un ajuste de en respuesta a la realidad climática presente y/o futura con el fin de atenuar el daño o impactos derivados del clima, e incluso obtener beneficios de este incrementando la resiliencia. Las medidas de adaptación funcionan por tanto como atenuantes de los impactos y potenciales oportunidades de beneficios, como la instalación de sombras e infraestructuras verdes que reduzcan las islas de calor, o infraestructuras hidráulicas que eviten inundaciones y puedan producir energía, lo que sería una simbiosis entre adaptación y mitigación.
¿Qué compromiso cabe esperar del Ayuntamiento firmante?
La lógica profesional y administrativa nos dice que un ayuntamiento firmante debe dar cumplimiento al acuerdo, y por tanto al PACES aprobado. Esto lamentablemente no siempre es así.
La realidad es variable y depende de distintos factores, principalmente del compromiso real del municipio por dar solución a una evidencia global que tiene grandes consecuencias locales y domésticas, el cambio climático. En la práctica, por tanto, se dan distintos casos con ayuntamientos (administradores y técnicos), según cumplen con el Plan o no, me atreveré a agrupar los principales perfiles de la siguiente manera:
- Conscientes, rigurosos y comprometidos. Este tipo de equipos consistoriales son, me atrevo a hablar por el conjunto de profesionales que nos dedicamos a la sostenibilidad, los más alentadores y profesionales, en definitiva, los que todo ciudadano querría tener como responsable público. Son exigentes, y va ligado a un mayor nivel de involucración y dedicación por parte del equipo ejecutor del PACES. Ello direcciona al municipio hacia el cumplimiento al que queremos llegar, además de ser un proceso mucho más ambicioso, didáctico e investigativo en ocasiones para el equipo ejecutor.
- Cumplidores administrativamente, pero no técnicamente. Conseguir materializar un Plan de Acción en la práctica, para lograr los objetivos de reducción de emisiones, producción de energía propia, o adaptación al cambio climático, va más allá de lo meramente documental o burocrático. En estos casos se ejecuta con solvencia la dimensión administrativa, se consiguen los fondos y se puede previsualizar incluso una ejecución exitosa, pero en la práctica no es así. Algunos planes, o bien por ser excesivamente ambiciosos, o bien por carencias en el análisis de viabilidad de medidas, funcionamiento de la administración, cambios de administración, o sencillamente por incompetencia profesional e inacción, llegan a distintos niveles de incumplimiento.
- No cumplidores. Poco cabe describir en este grupo. Desde el punto de vista administrativo, se incumple con el Pacto del que se es firmante, incurrir en el incumplimiento se relaciona con la disminución potencial de la recepción de partidas presupuestarias por distintas vías, pero además se deja atrás una oportunidad para ser un municipio (pionero o no) que evoluciona atendiendo la realidad climática, un ejemplo para otros municipios y para su sociedad misma. Cuando queremos exigirle a ésta responsabilidades, ya es demasiado tarde.
Por tanto, es tan importante que los profesionales que diagnostican diseñan y formular el PACES sean profesionales y estén dispuestos a acompañar siempre más allá al equipo técnico local, como que los trabajadores y tomadores de decisión municipales se involucren, comprendan y cumplan con el servicio social que prestan.
Algunas herramientas y enlaces de interés:
- AdateCCA: https://adaptecca.es/
- Plataforma Europea Climate ADAPT https://climate-adapt.eea.europa.eu/
- Pacto de las Alcaldías: https://www.pactodelosalcaldes.eu/; https://mycovenant.eumayors.eu/
- Medidas FEMP: https://oa.upm.es/35571/7/FEMP_Medidas_CCC_Planeamiento_urbano.pdf
- Guía metodológica PACES, ejemplo Generalitat Valenciana: https://mediambient.gva.es/es/web/cambio-climatico/guia-metodologica-paces
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