El Consejo de Ministros aprobó, en su reunión del 14 de marzo de 2014, el real decreto por el que se crea el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono.
- Real Decreto 163/2014, de 14 de marzo, por el que se crea el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono. (Fuente: Agencia Estatal del Boletín Oficial del Estado)
El real decreto entró en vigor el 29 de mayo de 2014, con la puesta en marcha del registro. Ésta se vio acompañada por la publicación de los documentos de apoyo, herramientas de cálculo y formularios de inscripción necesarios para su funcionamiento.
Este registro, de carácter voluntario, nace con la vocación de fomentar el cálculo y reducción de la huella de carbono por parte de las organizaciones españolas, así como de promover los proyectos que mejoren la capacidad sumidero de España, constituyéndose por tanto en una medida de lucha contra el cambio climático de carácter horizontal.
El siguiente cuadro refleja de manera esquemática el funcionamiento del sistema.
De esta manera, el registro se estructura en las siguientes tres secciones:
- Sección de huella de carbono y de compromisos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero
- Sección de proyectos de absorción de dióxido de carbono
- Sección de compensación de huella de carbono
Las organizaciones que voluntariamente calculen su huella de carbono y establezcan un plan de reducción podrán inscribirse en la primera sección. Igualmente, si estas organizaciones quieren compensar su huella de carbono, esta compensación podrá llevarse a cabo mediante proyectos de sumideros agroforestales en España, que estarán inscritos en la segunda sección del registro. Por último, la tercera sección dará fe de las compensaciones realizadas, dando el respaldo institucional a las mismas.
Esta semana se ha publicado una nueva versión de la calculadora de huella de carbono con los factores de emisión de los principales combustibles desde año 2007 hasta el año 2015. La diferencia principal radica en los factores de emisión asociados a la generación de la electricidad que se consume en España. Esta actualización viene derivada de la reciente publicación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) sobre el mix eléctrico de las diferentes comercializadoras que operaron en nuestro país el pasado año.
Para la inscripción en la sección a) del registro de Huella de carbono y compromisos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y poder obtener así el sello de “Calculo”, los factores de emisión que han de aplicarse para los cálculos de alcance 1+2, deben ser los facilitados por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Para seleccionar factores de emisión a utilizar en el alcance 3, se ha publicado también en la página web del MAGRAMA un listado de enlaces de interés dónde puede encontrar información útil.
Fuente. MAGRAMA
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