El Tribunal de Justicia de la UE ha declarado a España culpable de incumplir la Directiva Marco del Agua, del año 2000, en las cuencas hidrográficas intracomunitarias, es decir, aquellas cuyas aguas discurren en el interior de una comunidad autónoma. La Comisión Europea denunció a España por no trasponer correctamente una serie de disposiciones de esta normativa comunitaria, cuyo objetivo es prevenir y reducir la contaminación, mejorar los ecosistemas acuáticos y alcanzar un buen estado ecológico de ríos, lagos, etc. En una sentencia hecha pública hoy, el Tribunal de Justicia de la UE, con sede en Luxemburgo, da la razón a la Comisión Europea y obliga a España a pagar las costas del proceso.
Desde el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente aseguran que la sentencia es «un pronunciamiento de carácter estrictamente técnico» y que la solución pasa por las comunidades autónomas con competencias sobre las cuencas intracomunitarias. Son estas, afirma las que necesitan hacer «un cambio reglamentario de menor calado» para «incluir de modo expreso en su normativa interna aquellas previsiones de la directiva marco que el tribunal considera que no han sido efectivamente trasladadas al ordenamiento jurídico». El Ministerio ha destacado que «la incorrección» afecta a las disposiciones sobre cuencas intracomunitarias y no a las intercomunitarias.
El departamento que dirige Miguel Arias Cañete también subraya que esta sentencia no guarda relación con otro de los muchos contenciosos de carácter medioambiental que tiene ahora mismo España abiertos en el Tribunal de la UE: la falta de aprobación de los planes hidrológicos de cuenca. La misma norma que la sentencia de hoy considera incumplida en algunas de sus disposiciones exige a los Estados miembros que aprueben sus planes de cuenca antes de 2009. España no lo ha hecho y por eso la Comisión Europea tiene un expediente administrativo en curso.
En 2009, es decir nueve años después de la entrada en vigor de la Directiva marco, los países debían elaborar planes de gestión en cada demarcación hidrográfica teniendo en cuenta los resultados de los análisis y estudios realizados previamente. En el caso de España, eran 25 planes hidrográficos. El ministro Arias Cañete recuerda siempre que puede que, cuando su equipo llegó al Gobierno, solo se había aprobado el plan de las cuencas internas de Cataluña. Hasta ahora se han aprobado, mediante Real Decreto, 13 planes y el resto se encuentran en sus últimas fases de tramitación, según el Ministerio.
El Plan Hidrológico del Ebro recibió el informe favorable del Consejo Nacional del Agua el pasado mes de julio, y se aprobará en Consejo de Ministros el próximo mes de noviembre. Los planes de los ríos Tajo y Segura, ahora en información pública, serán abordados en el Consejo Nacional del Agua antes de que finalice este año, según la previsión oficial. Por último, el Plan del Júcar, también en proceso de información pública, se aprobará en los primeros meses de 2014.
Los procedimientos de infracción abiertos por la Comisión Europea –también tiene otro por la mala depuración de las aguas residuales, por ejemplo– pueden suponer fuertes sanciones. La sentencia de hoy condena a España a pagar las costas. Medio Ambiente no ha precisado, a preguntas de este diario, cuánto dinero puede suponer.
España también tiene pendiente otra sanción, que según cálculos del propio ministro Arias Cañete, podría suponer entre 20 y 50 millones al año a contar desde abril de 2011. España incumple la norma de depuración de aguas residuales. La mala calidad de las aguas provocó que en 2011 la Comisión Europea denunciara a las autoridades españolas: 39 ciudades no depuraban correctamente en zonas declaradas como sensibles.
Fuente: El País
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