A su vez el Gobierno de España se ha dado tres años para activar la ley estatal en esta materia.
La gran mayoría de comunidades autónomas tienen ya su plan de residuos sanitarios, mientras el Gobierno de España se ha dado tres años para activar la ley estatal en esta materia. Esta semana el Pleno del Congreso de los Diputados aprobó el Proyecto de Ley de residuos y suelos contaminados para una economía circular, que revisa la actual normativa para cumplir con los nuevos objetivos establecidos en las directivas comunitarias en la gestión de restos sanitarios.
Todas las regiones tienen sus propias normativas en gestión de desechos sanitarios a excepción de la Comunidad de Madrid, la Región de Murcia, La Rioja , Castilla-La Mancha y Asturias, que se rigen por la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
En Asturias existe la Guía para la Gestión de Residuos Sanitarios del Principado, que se enmarca en el Plan Estratégico de residuos de la región 2014-2020 y contempla los residuos sanitarios de acuerdo con la Ley 22/2011, mientras que Castilla-La Mancha tiene un protocolo para la gestión de restos sanitarios No obstante, en ninguno de estos cinco territorios existe una legislación autonómica para la clasificación de residuos de tipo sanitarios, generados en las actividades sanitarias de titularidad pública o privada.
¿Cuándo se aprobó la primera ley de gestión de residuos sanitarios?
La primera comunidad autónoma en aprobar una ley que regulase la gestión de desechos sanitarios fue Navarra, con la Ley 42/1975, de 19 de noviembre, de recogida y tratamiento de los desechos y residuos sólidos urbanos, modificada por el Real Decreto Legislativo 1163/1986, de 13 de junio, que incluyó en su ámbito de aplicación los residuos sanitarios.
En la Comunidad Valenciana la gestión de los restos sanitarios está regulada por el Decreto 240/1994, de 22 de noviembre, y desarrollado por la Orden 14 de julio de 1997 de la Conselleria de Medio Ambiente. En Aragón, es el Decreto 29/1995, de 21 de febrero, de la Diputación General de Aragón, el que legisla la gestión de los residuos sanitarios en la comunidad autónoma, modificado por el Decreto 52/1998, de 24 de febrero.
Baleares implantó su propia normativa de ordenación de la gestión de restos sanitarios mediante el Decreto 136/1996, de 5 de julio. Por su parte, en Cataluña existen tres normativas vigentes sobre residuos sanitarios: el Decreto 93/1999, de 6 de abril, sobre procedimientos de gestión de residuos; el Decreto 27/1999, de 9 de febrero, de la gestión de los residuos sanitarios; y el Decreto 152/2017, de 17 de octubre, sobre la clasificación, la codificación y las vías de gestión de los residuos en Cataluña. El Decreto 104/2002, de 26 de julio, de Ordenación de la Gestión de Residuos Sanitarios es el que regula esta materia en Canarias.
¿Cuáles han sido las últimas regiones en tener un plan de residuos sanitarios?
Tras Canarias, pasaron más de diez años para que otras comunidades autónomas implantaran su propia ley sobre gestión de desechos. La normativa aplicable a residuos sanitarios en Galicia es el Decreto 28/2015, del 26 de febrero.
Extremadura reguló la producción y gestión de los residuos sanitarios a través del Decreto 109/2015, de 19 de mayo; mientras que Andalucía aprobó el reglamento de sus residuos con el Decreto 73/2012, de 22 de marzo, que dedica un capítulo a restos sanitarios.
Finalmente, hasta el momento Cantabria ha sido la última región en establecer su propia normativa de gestión de residuos sanitarios, mediante el Decreto 14/2017, de 23 de marzo, por el que aprobó el Plan de Residuos de la comunidad autónoma 2017-2023 y que engloba los desechos sanitarios. No obstante, debido a la activación de la ley estatal de residuos sanitarios las comunidades deberán presentar en tres años sus normativas, a fin de valorar si es necesaria una armonización.
Fuente: Redacción Médica
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