El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administraciones Públicas, Catalina Cladera, ha aprobado el Proyecto de Ley del impuesto sobre estancias turísticas y de medidas de impulso del turismo sostenible, una vez el texto ha incorporado numerosas modificaciones fruto de las aportaciones hechas por los interlocutores sociales durante el período de exposición pública del anteproyecto.

El vicepresidente Biel Barceló ha explicado los dos grandes objetivos de este impuesto: «Por un lado, compensar la huella ecológica de la actividad turística, y por otro, ayudar a cambiar el modelo para que esta actividad sea sostenible desde el punto de vista ambiental, económico y social. Con este nuevo tributo, nuestros visitantes contribuirán a preservar nuestras islas «. Barceló ha argumentado:» Este impuesto es necesario: porque es una demanda social de la mayoría ciudadana que ha hecho posible el cambio político en este país y porque es uno de los instrumentos que nos permitirá, a la larga, mejorar nuestra competitividad poniendo el énfasis en la calidad y en la sostenibilidad, y no en la masificación «.

Por medio de esta ley se establece un nuevo tributo, el impuesto sobre estancias turísticas en las Islas Baleares, que tiene un carácter básicamente finalista, mediante la afectación de los ingresos que se recauden en la realización de gastos e inversiones vinculadas, en esencia, con el desarrollo y la protección medioambiental, y con el turismo sostenible.

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A tal efecto, se crea el fondo para favorecer el turismo sostenible -que debe nutrirse del producto de la recaudación de este nuevo tribut-, y, teniendo en cuenta que el desarrollo sostenible requiere la colaboración y la participación de la sociedad, se crea también la Comisión de Impulso del Turismo Sostenible, órgano en el que deben participar las administraciones públicas y los agentes económicos y sociales.

El impuesto que se establece por medio de esta Ley está destinado a compensar la sociedad balear por el coste medioambiental que supone el ejercicio de determinadas actividades que distorsionan o deterioran el medio ambiente en el territorio de las Islas Baleares. La mejora de la competitividad del sector turístico a través de un turismo sostenible, responsable y de calidad en el archipiélago es otro de los objetivos del Proyecto de ley.

El hecho imponible lo constituye la estancia que haga el contribuyente en los denominados establecimientos turísticos, esto es, los establecimientos hoteleros y otros establecimientos típicos de alojamiento, las viviendas turísticas y las embarcaciones de crucero turístico. La legislación tributaria no puede ignorar el hecho de que las estancias se sustancien en viviendas que no cumplan todos los requisitos que para ello impone la legislación turística. Así pues, en estos casos son procedentes devengo, la liquidación y el cobro del impuesto y, además, la imposición de una sanción administrativa por no cumplir plenamente los requisitos que establece la legislación turística para el ejercicio de la actividad.

La Ley prevé la figura de los sujetos pasivos y crea la figura del sustituto, junto con el contribuyente -que es el que lleva a cabo el hecho imponible. El sustituto es quien debe cumplir las obligaciones materiales y formales que dispone la Ley. Además, y con objeto de garantizar el cobro de la deuda tributaria, se establecen determinados supuestos de responsabilidad solidaria.

En cuanto a la cuota tributaria, se configura una tarifa que oscila entre 0,25 euros y 2 euros por día de estancia o fracción, en función de los tipos de establecimientos en los que tiene lugar el hecho imponible. Sin embargo, esta cuota tributaria es objeto de una bonificación del 50% para las estancias que se hagan en temporada baja. Asimismo, se establece otra bonificación, también del 50%, sobre la cuota íntegra aplicable a las estancias de los contribuyentes en un mismo establecimiento turístico que se extiendan más allá de ocho días consecutivos.

La Ley que aprueba consta de veinte artículos -distribuïts en cuatro títulos-, una disposición derogatoria y tres disposiciones finales. El Proyecto de ley aprobado por el Consejo de Gobierno queda listo para su tramitación en el Parlamento de las Islas Baleares.

El texto completo del Proyecto de ley se puede consultar en: http://www.caib.es/govern/sac/fitxa.do?codi=2541767&coduo=185&lang=ca