El listado aprobado por el «Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas» incluye las especies, subespecies y poblaciones de la fauna y flora española que requieren medidas específicas de protección por parte de las Administraciones Públicas. Además se establece el Catálogo Español de Especies Amenazadas, donde se establecen dos categorías: “en peligro de extinción” y “vulnerable”que permiten establecer prioridades de acción e identificar aquellas especies que necesitan una mayor atención.
El Catálogo de especies amenazadas no se revisaba desde 1990 y revisado por última vez en 2006, adaptándolo a la Ley del Patrimonio Natural y la Biodiversidad (Ley 42/2007) que tiene como principal objetivo frenar la pérdida de biodiversidad. El nuevo Listado y Catálogo recoge 898 especies, 327 especies más que en el último catálogo y aumenta la categoría de protección en algunos casos.
El Real Decreto aporta una novedad, que es el establecimiento de un procedimiento de actualización del Listado y Catálogo, mediante su revisión continua a través de un comité científico independiente, encargándose de las propuestas de inclusión, exclusión o cambios de categoría, y la posibilidad de participación pública en estas propuestas. Las especies incluidas en el Catálogo deberán tener un seguimiento de su estado de conservación que será competencia de las Comunidades Autónomas, que estarán coordinadas en casos de especies compartidas.
La evaluación de las especies del Listado se efectuará como mínimo cada seis años. Para las especies incluidas en el Catálogo que no tengan una estrategia específica de seguimiento, las evaluaciones se efectuarán como máximo cada seis años para las especies consideradas como ‘vulnerables’ y cada tres años para las especies consideradas como ‘en peligro de extinción’.
Dentro de la categoría «en peligro de extinción» se encuentran especies emblemáticas de nuestra biodiversidad como el oso pardo, el urogallo cantábrico o el quebrantahuesos.
Fuente: www.ecoticias.com y jolube.wordpress.com.
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