Esta Guía tiene como principal objetivo promover y facilitar la donación de productos contemplados en el artículo 18.2. de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, como parte integral de la transición hacia un modelo económico más sostenible.
Los objetivos específicos que persigue esta guía son:
- Fomentar la economía circular: a través de la reducción de residuos y la maximización del aprovechamiento de productos. Contribuyendo, así, a la conservación de recursos naturales y la reducción de la huella ambiental.
- Facilitar la donación de productos: proporcionar a las organizaciones, empresas y particulares una herramienta práctica que simplifique el proceso de donación de productos en cumplimiento de la legislación vigente, promoviendo la colaboración y el intercambio responsable.
- Reducción de residuos: contribuir a la reducción de residuos generados por productos en buen estado, evitando su eliminación prematura y promoviendo su prolongada vida útil a través de donaciones.
- Beneficios sociales: fomentar la donación de productos como una práctica que puede generar beneficios sociales significativos al ayudar a personas y comunidades en situación de necesidad, al tiempo que fortalece la Responsabilidad Social Corporativa (RSC) y genera Economía Social.
- Colaboración intersectorial: fomentar la colaboración y el diálogo entre los diferentes sectores involucrados, incluyendo empresas, organizaciones sin ánimo de lucro, administraciones públicas y la sociedad civil, para promover prácticas sostenibles de donación.
- Sensibilización y concienciación: educar y sensibilizar a los actores involucrados sobre la importancia de la donación como factor clave en la gestión sostenible de recursos y en la lucha contra el desperdicio.
- Mejora continua y eficiencia: proporcionar pautas y recomendaciones que permitan a las partes interesadas mejorar sus procesos de donación de manera constante, adaptándose a las necesidades cambiantes y promoviendo la innovación en este ámbito.
Fuente: Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030
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