ENAC ha concedido a AENOR la primera acreditación en el esquema denominado “Valorización de residuos”. Los desarrollos reglamentarios que lo soportan permiten que determinados residuos se reintroduzcan en los ciclos productivos sin estar sometidos a las limitaciones administrativas y técnicas asociadas a la condición de residuo. Supone por tanto una flexibilización y un dinamizador de los mercados de materias primas.
Los criterios para el fin de la condición de residuo de un material establecen cuando aquellos pueden dejar de ser considerados “residuos” desde el punto de vista legal y adquieren el estatus de producto, subproducto o de materia prima secundaria.
Este concepto de “fin de la condición de residuo” fue creado por la Directiva europea marco sobre residuos, la cual establecía las condiciones generales para que ciertas sustancias u objetos que respondan a la definición de residuo pudieran conseguir, después de someterse a unaoperación de recuperación (incluyendo el reciclado), su descatalogación como tales dejando por tanto de estar sometidos a los preceptos de dicha regulación.
Los criterios particulares para cada sustancia se establecen en Reglamentos Europeos específicos para cada material, habiendo sido aprobados, hasta la fecha, los siguientes:
- Chatarra de hierro, acero y aluminio ( Reglamento (EU) No 333/2011)
- Vidrio recuperado ( Reglamento (EU) N° 1179/2012)
- Chatarra de cobre (Reglamento (EU) N° 715/2013)
Además de éstos, se encuentran en preparación otros similares para papel, plásticos y restos biodegradables.
Estos Reglamentos exigen , que el productor del material disponga de un sistema de gestión que asegure las características de cada lote expedido, en línea con los requisitos exigidos para el material. A continuación, dicho sistema de gestión debe ser verificado por un evaluador de la conformidad acreditado. El esquema de acreditación desarrollado por ENAC sigue la directrices acordadas en EA (European Cooperation for Acreditation ) lo que confiere a la actuación del certificador su reconocimiento c por el resto de los acreditadores europeos en estas tareas.
Fuente: https://www.enac.es/
Noticia realmente interesante.
Esto supone un gran avance desde el punto de vista técnico, legal y temporal, ya que teniendo en cuenta que actualmente el proceso de «pérdida de condición de residuo» conllevaba un complejidad absoluta y se dilataba enormemente en el tiempo, esta acreditación puede suponer un antes y un después en materia de Valorización de Residuos.
También esto va a dinamizar el mercado de valorizables ya que actualmente se encontraba estancado en relación a la obtención o no de «pérdida de condición de residuo» o «subproducto» de numerosos residuos.
Por último, considero que esto va animar tanto a empresas generadoras de residuos, como a gestores o agentes, a que se aúnen esfuerzos en la separación de materiales valorizables de los residuos mezcla como es el caso del RSU o RCD entre otros.
Saludos,